Hasta antes del 2007, nuestra Constitución y el ordenamiento jurídico electoral no preveían ninguna restricción al proselitismo político fuera de tiempos de campaña electoral. Debido a la polémica y apretada elección presidencial del 2006, el Congreso de la Unión presentó una serie de reformas electorales -que incluían modificaciones a la Constitución- con el propósito de regular el uso de recursos y tiempo por parte de partidos políticos para fines electorales. Es decir, se regularon por primera vez las precampañas para evitar la opacidad y la inequidad en competencia de quienes aspiran a un cargo público.
Desde la reforma comentada en el párrafo anterior -que entró en vigor el 14 de noviembre de 2007- las normas electorales han sido modificadas trascendentalmente, destacando la reforma electoral de 2014 mediante la cual el IFE se convirtió en INE. Durante todo este tiempo, los partidos políticos y aspirantes a puestos de elección han planteado ‘estrategias’ para darle la vuelta a la regulación electoral, algunas veces con éxito y en otras destinadas al fracaso.
A menos de un año de la elección presidencial de 2024 los procesos de precampaña -que oficialmente no son precampañas- se adelantaron considerablemente. Los dos frentes políticos principales abiertamente realizan procesos internos para elegir a quienes serán sus candidatos. Lo más irónico es que los partidos que abarcan a ambos lados del espectro han denunciado a sus rivales ante las autoridades electorales por realizar actos anticipados de campaña que violan los principios de legalidad y equidad electoral.
Esta semana, el Tribunal Electoral (TEPJF) validó los procesos internos del Frente Amplio por México (PAN-PRI-PRD) y de la Defensa de la Cuarta Transformación (MORENA-PT-PVEM). Sin embargo, el TEPJF considera que hay una laguna regulatoria y ordenó al INE publicar los lineamientos que regulen y fiscalicen los procesos internos para ambos movimientos políticos. La magistrada Otalora votó en contra de esta decisión, argumentando que comete un fraude contra la ley electoral.
La magistrada Otálora jurídicamente tiene razón, la autoridad judicial electoral está validando una simulación política que estrictamente viola a la ley. Pero también hay que cuestionarnos si las restricciones en la ley electoral no caen en un paternalismo exagerado e innecesario ante la madurez democrática que está alcanzando nuestra ciudadanía. La decisión de la mayoría del TEPJF en validar los procesos internos me parece que obedecen a una lectura de nuestra realidad política; le indican al Congreso de la Unión que tal vez llegó el momento de proponer una regulación electoral más liberal.